PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de acta de Matrimonio de la Ciudadana MARIA ANTONIETTA DE FALCO D¿ALESSANDRO, asentada por ante el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macano de este Estado, bajo el N° 8, folios 13 y su vuelto al 14 de los libros de registro Civil de Matrimonios llevados por el extinto Juzgado de Municipios Urbanos de este Estado, correspondiente al año 1991 de los libros respectivos.
SEGUNDO: Se ordena corregir la referida acta de la siguiente manera: "Que donde aparezca identificada la solicitante como MARIA ANTONIETA de FALCO D¿ALESSANDRO debe leerse MARIA ANTONIETTA DE FALCO D¿ALESSANDRO, que es como corresponde".
TERCERO: Ofíciese lo conducente al Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macano de este Estado y al Registrador Principal respectivo, a los fines legales consiguientes.