Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Tercero en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR PERMISO EXTRAORDINARIO al penado BENITO JOSÉ QUINTERO BLANCO, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 4.328.380, para que se traslade hasta residencia ubicada en el Barrio Sur América, Avenida 57, Número 148ª-72, del Municipio San Francisco del Estado Zulia, por el lapso de UN (01) MES, a partir del día 04-03-2008 hasta el día 03-04-2008 ambas fechas inclusive, a los fines de cumplir con el Reposo Médico prescrito por Comisionaduría de Salud Pública del Estado Zulia, Dispensario Arquidiocesano NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN de la Ciudad de Maracaibo, Estado Zulia lo cual consta en los folios 187, 188 y 189 de la presente Causa. Regístrese la presente Resolución en el libro respectivo, notifíquese a las partes, ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario .....