Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara: APROBADO Y HOMOLOGADO el Convenimiento celebrado entre los ciudadanos YULEIDIS ROSARIO BARBOSA TAFUR Y LUIS JAVIER FUENTES PEINADO, ya identificados; en consecuencia, acuerda oficiar a Banfoandes a fin de aperturaza una cuenta de ahorro a nombre de los menores a disposición de este Tribunal y autorizando a la ciudadana Yuleidis Rosario Barbosa Tafur para su movilización, y al Administrador de La Hacienda El Rio, a fin de notificarle sobre la retención del 30% de las prestaciones sociales del demandado de autos, asimismo se le da el carácter de cosa juzgada y ordena se tenga como sentencia firme.
Publíquese, Regístrese y Déjese copi.....