En el día hábil de hoy,3 de Marzo de 2008, siendo las 2:37 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano Hervel Osorio en su condición de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Gabriel Puche y INGENIERIA SERUR, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Ciro González, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada le cancelará el día 12/03/07 en la sede del Tribunal en la cual presentarán acuerdo transaccional al demandante la cantidad de cincuenta mil bolívares fuertes (Bs.F. 50.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.