Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Marcano de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 185-A del Código Civil declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos MARIANA DE LOS ANGELES SOTO FERNANDEZ y J R NICANOR NORIEGA URAY ambos identificados anteriormente, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil, por ellos celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Marcano del estado Nueva Esparta en fecha doce (12) de septiembre de dos mil ocho (2008), la cual quedó inserta bajo el Nº 77, folio 77 y su vuelto, según consta de la Copia Certificada del Acta de Matrimonio anexa, la c.....