este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la aclaratoria solicitada por el apoderado judicial de de la parte recurrente ciudadana FRANCYS WEKY, en consecuencia, queda aclarado que se incurrió en un error material. Téngase el presente fallo como parte integrante de la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 27 de Enero de 2012.-