DISPOSITIVO
En base a las consideraciones antes expuestas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley este, TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de sus facultades legales, declara: IMPROCEDENTE el llamado de la intervención de tercero formulado por la representación judicial de la parte demandada y por cuanto se observa que la Audiencia Preliminar, se encuentra pautada para el día de hoy jueves 03/02/2011, a las 11:15 a.m., conforme a cómputo calendario judicial realizado, teniendo como punto de partida la certificación secretarial respectiva, de fecha 20/01/2011, se deja expresamente establecido, que el inicio de la referida Audiencia Preliminar, se realizará a las once y quince minutos de la mañana (11:15 am) del presente día Jueves 03/02/2011, sin necesidad de notificación por cuanto las.....