PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de octubre 2007, por el abogado Gustavo Ruiz, ya identificado, como apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil Interbank Seguros S.A., plenamente identificadas en actas.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 12 de junio de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera lnstancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el entendido que la corrección monetaria del fallo deberá realizarse en los términos indicados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.