JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante en contra de la decisión de fecha 21 de octubre de 2009, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que por, cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales intentó el ciudadano ANTONIO RAFAEL FARIAS AGUIRRE en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A., 2) QUEDA EN CONSECUENCIA FIRME LA DECISIÓN APELADA.