PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana HECMAR DEL VALLE MARCANO VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad N°. V-10.196.733. SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR de la ciudadana HECMAR DEL VALLE MARCANO al niño "Se omite la Identidad de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de un (01) año de edad, y pueda percibir los beneficios correspondientes al seguro HCM, Becas Estudiantiles, útiles escolares y juguetes, así como seguro social y cualesquiera otro beneficio que cancele la Dirección Ejecutiva de la Magistratura del estado Nueva Esparta donde presta su servicios la identificada ciudadana, salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.