DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DE DIVORCIO presentada por el ciudadano ALBENIS ANTONIO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.738.700, domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, debidamente asistido por su abogada, ciudadana EVELYN VILLASMIL DE SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 283.345, en contra de la ciudadana NEREIDA CANDELARIA GIL DE GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.698.127, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, conforme a lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y el criterio de la sentencia Nº 1.070 de la .....