En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos VALENTIN II ALEJANDRO RODRIGUEZ ROMERO Y TANIA MARGARITA HALLOUN KOUSSA, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante el Registro Civil Aguirre los Robles del Municipio Maneiro del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, el día 30 de Enero de 2014, según consta del acta de matrimonio, asentada bajo el acta Nº 08, folio 08 Tomo I, de los libros respectivos.