... este Juzgado una vez revisados todos los medios probatorios traídos a los autos por la parte querellante, y por considerar que se encuentran llenos los extremos de Ley correspondientes, para su procedencia, decreta EL SECUESTRO del bien inmueble objeto de la presente querella interdictal restitutoria, constituido por un (1) apartamento identificada con el Nº 13-5, ubicado en el piso 5, del edificio RESIDENCIAS RIALTO, situado en la intersección de las calles Cedeño con Ortega de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, el cual posee un área aproximada de cincuenta y nueve metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados (59,33m2), y comprende los siguiente linderos y medidas: Norte: Con el apartamento 13-4; Sur: Con el apartamento 13-6; Este: Con la fachada del edificio; y Oeste: Con pasillo de circulación. A los fines de hacer efectiva la medida aquí decretada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y.....