este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO, propusiere la ciudadana EGLIS DEL CARMEN POLANCO URDANETA, venezolana, mayor de edad, identificada con cédula personal No. 14.257.348 y domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia., contra la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE SEGUROS LA OCCIDENTAL, constituida y domiciliada en Maracaibo, estado Zulia, inscrita en el Registro de Comercio que llevaba la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil 17 A de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, el día 06 de noviembre de 1956, bajo el No. 53, Libro 42, Tomo 1. En consecuencia, se ordena a la parte demandada cumplir con lo establecido en el contrato de póliza y pagar .....