DISPOSITIVA
Por las razones supra indicadas, el Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 49 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, a favor de los ciudadanos JOSE DANIEL MUJICA PIÑA ALEXANDER JOSE FRANCO PIRE EDGAR PIRE, y YONATAN PIRE, ya identificados de conformidad con el artículo 318 ord. 1º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: notifíquese a las partes de la presente decisión y a la Fiscalía 2º del Ministerio Público del Estado Lara y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, una vez quede firme la misma. Cúmplase y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Carora a los 02 de diciembre de 2009. Regístrese, Publíquese y Cúmplase. .....