este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSTITUIDO EN HOGAR a favor de los cónyuges JULIO JOSÉ ROSARIO RECLA y LISBETH CHIQUINQUIRÁ ROMERO TUDARES, y sus menores hijos KIMBERLY EDUVIGIS ROSARIO DÍAZ, JULIO ÁNDRES y SARA JULIETH ROSARIO ROMERO, en los términos solicitados por el postulante, el inmueble ubicado en la Avenida 14 A, entre las calles 89 y 89 A, N° 89-42, Sector Belloso en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, identificado en el cuerpo del presente fallo, separado del patrimonio del constituyente, y libre de embargo y remate por toda causa u obligación, aunque conste de documento público o de sentencia ejecutoriada, y ordena que la presente solicitud y declaratoria se protocolicen en la Oficina de Registro Subalterna respectiva y se publiquen en el diario La Verdad de .....