Dispositivo
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la Apelación interpuesta por la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 30 de mayo del año 2002 .
• LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, o a quien le corresponda, dicte nueva sentencia atendiendo al Principio de Congruencia que intrínsecamente debe contener toda sentencia, en los términos en que fue el mismo esgrimido en la motiva de la presente decisión.
• LA NULID.....