DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se acuerda la Redención por Trabajo y Estudio de la Pena, a favor del ciudadano: RENNY BOZO CARO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NÚMERO V-18.823.517, Condenado por el mencionado Juzgado, a Cumplir una pena de DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRISION, por el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA (con penetración ORAL), previsto y sancionado en el articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente más las penas accesorias de Ley, por el delito. Por lo que para cumplir su pena principal le faltarían CATORCE (14) AÑOS, SIETE (07 ) MESES y CATORCE (14) DIAS.- Regístrese la presente Decisión y libérese el Oficio a la Comunidad Penitenciaria Fénix Lara, a la Fiscal 27 del Ministerio Público y al Defensor P.....