PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la acción de Cumplimiento de Contrato de Obra (Prestación de Servicios de Mantenimiento y Seguridad) intentada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ GOMEZ, mediante su apoderada judicial, abogada en ejercicio JAAYAR ISSA, contra el ciudadano GLENN MARCELINO KERKEBOOM, todos suficientemente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano GLENN MARCELINO KERKEBOOM pagarle al demandante ciudadano CARLOS ENRIQUE RODRIGUEZ GOMEZ, la cantidad de Ciento Diez Mil Bolívares (Bs. 110.000,00), a cuya cantidad se ordenará la indexación o corrección monetaria correspondiente desde el 13 de febrero de 2012, hasta la fecha en que quede firme la presente sentencia, la cual será determinada mediante experticia complementaria del fallo.