...De la norma transcrita se infiere que el promovente de la prueba debe gestionar el despacho de pruebas, librado por el Tribunal de la causa o comitente, al Juzgado comisionado, quien habrá de evacuarlo, toda vez que sobre este particular incide el cómputo del lapso de pruebas que podría obrar en su perjuicio.
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, NIEGA la solicitud de prórroga formulada por la mencionada representante judicial del Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), y declara IMPROCEDENTE la posibilidad de reapertura del mismo. ASÍ SE DECIDE.-