Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado Tomás Castillo Azoca, a favor de su defendido Joel Antonio Tarff Alcalá, ya identificados, conforme a lo establecido en los numerales 4 y 5 del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Cuarto de Control de Primera Instancia en lo Penal, de fecha 30 de julio de 2009, que decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la de Privación de Libertad, en contra del imputado Joel Antonio Tarff Alcalá, ya identificado, por la presunta comisión del delito de Obtención Ilegal de Divisas, previsto y sancionado en los artículos 10 y 11 de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios. Así se declara. Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión. Líbrese boleta de .....