Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al Imputado ORLANDO SEGUNDO FINOL BORJAS, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, fecha de nacimiento 26-09-84, de 23 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad N° V-16.848.084, hijo de los Ciudadanos Nairobi Borjas y de Orlando Finol, y residenciado en: el Sector Barrio Obrero, Callejón Cabimas, Casa N° 6, Casa de Residencias, diagonal a la Venta de Viveres Friuli a 300 metros queda "La Carnicería La Zulianita" vía Carretera H, Teléfono 0416-064.47.55, Cabimas, Estado Zulia, referida a la presentación po.....