ELJUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el Abog. LUIS CHACÍN, en su condición de Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en relación al Juicio que por motivo de Prestaciones Sociales y Daño Moral, incoara la ciudadana FABIOLA HERAS en contra de PDVSA PETROLEO S.A.. 2.- SE ORDENA la participación del presente asunto al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines legales pertinentes.