Se ORDENA REPONER el presente procedimiento incidental de tacha de instrumentos al estado en que se notifique al Ministerio Público de su interposición. Así mismo, en aras de mantener a las partes en igualdad de condiciones y resguardar su derecho a la defensa, se ordena notificarles de la presente resolución; advirtiéndoles que al quinto día siguiente a la constancia en actas de todas las notificaciones aquí ordenadas, se verificará la oportunidad procesal para que la parte tachante proceda a formalizar la tacha.