DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos LIANYS JOSEFINA CRESPO BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 14.236.381; por una parte y por la otra la Profesional del Derecho ZORAIDA DIAZ, titular de la cédula de identidad número V-5.724.431 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 171.937, actuando en este acto en nombre y representación del ciudadano EDIXON RAMON GUTIERREZ MEDINA, quien es venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad número 12.862.506, domiciliado en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital.
SEGUNDO: DISUE.....