Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO basada en el artículo 185 del Código Civil (numerus clausus), formulada por el ciudadanos MARIELIS VIRGINIA CRESPO PORRAS y CARLOS HEBERTO FERREBUS BERNAL antes identificados.
En consecuencia SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron por ante el Registrador Civil y Secretario de la Oficina Parroquial del Registro Civil, Raúl Leoni, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día siete (07) de agosto de (2015), según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el No.179.