declara:
a) APROBADO Y HOMOLOGADO, el convenimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, celebrado entre los ciudadanos FANNY DEL CARMEN PAYARES MERCADO y WILLIAN MANUEL CAUSIL VILLARREAL, ya identificados; en consecuencia, le da el carácter de cosa juzgada.
b) EL progenitor se compromete a compartir con sus hijos fuera del hogar materno los días lunes y miércoles en un horario comprendido entre las 07:30 pm. y los retornará a las 08:30 pm al hogar materno, y los días sábados y domingo serán alternados entre los progenitores.
Ambos progenitores se comprometen a compartir afectivamente y a estrechar y fortalecer los lazos familiares durante el tiempo que estén en compañía de sus hijos.
c) En época de navidad y fin de año los días 24 y 25 de diciembre los niños compartirán con el progenitor, y los días 31 de diciembre y 01 de enero compartirán con la progenitora, siendo este horario modificado a partir del año próximo donde se intercambiaran estos días.
d) En el día del.....