Por los fundamentos y las razones anteriormente expuestas y haciendo uso de las facultades conferidas en la ley en los artículos 478 y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA procedente la solicitud del BENEFICIO DE CONFINAMIENTO, y en consecuencia, Acuerda CONMUTAR LA PENA PRINCIPAL FALTANTE EN CONFINAMIENTO, al penado RAFAEL ANGEL GONZALEZ, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad Nº 23.259.962, hijo de Rafael González y de Alcira González, residenciado en: Barrio Silvestre Manzanilla, calle 95, casa Nº 161 ubicada en un tapón frente a una venta de repuestos de Bicicletas Maracaibo Estado Zulia, más el aumento de la tercera parte del tiempo que le falta por cumplir de la condena principal, quedan.....