En este estado este tribunal Segundo ejecutor de medidas de los Municipios Cabimas, santa rita, miranda, Simón Bolívar, lagunillas, valmore Rodríguez y baralt de la circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a dar cumplimiento al Amparo Constitucional en el cual fue decretada Medida cautelar Innominada en forma provisional por el tribunal de la causa y se ordena restituir al ciudadano XIE BAIHUO, en el lugar donde fue desalojado y en el cual se encuentra constituido este tribunal.- En este Estado presente el ciudadano MEIRU HO NG, antes identificado con la asistencia antes dicha solicito el derecho de palabra el cual le fue concedido por este tribunal según lo establecido en el articulo 49 ordinal 3 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela expuso: Presento formal oposición en primer lugar a la medida ejecutada por cuanto no se ha dado el contradictorio o un juicio ordinario previo q.....