Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la falta de interés en el trámite de la acción interpuesta por los ciudadanos por SEPARACION DE CUERPOS, mediante petición esbozada por los Ciudadanos ROMULO ALBERTO HERNANDEZ VILLALOBOS Y ASDYOLI CAROLINA BOHORQUEZ PEDROZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad Nros. V-16.187.480 y V-18.663.109 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistido por el abogado en ejercicio, NIXÒN VARELA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 75.619, y de igual domicilio, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo de l.....