En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la abogada en ejercicio SOFIA BELEN ALARCON DE BOSCÁN, en su condición de defensora privada del ciudadano RONNY JOSÉ LEAL BOSCÁN, contra la decisión N° 443-13, de fecha 29.06.2013, emitida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del estado Zulia, la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1°, 2° 3° y 10° de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y POSESIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y .....