PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por los ciudadanos ADRIANA GONZALEZ y JESUS LOPEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.824.280 y V-2.828.400, asistidos por el abogado MARYOLGA BRITO FRANCO y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.