DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la presente causa seguida al acusado Eguido Alberto Gutiérrez Quiñónez, quien es venezolano, de 41 años de edad, portador de la cédula de identidad N° V 9.736.935, residenciado en el Barrio La Salina, Sector Alto de Jalisco, Calle 6G, casa sin número, de esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de Violencia Física y Psicológica, previstos y sancionados en los artículos 17y 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y La Familia, cometido en perjuicio de su hija Eglis Carol Gutiérrez Higuera, por cuanto no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, todo de conformidad con el numeral 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, todo en atención a lo pautado en los artículo 322 ejusdem.
Publíquese y .....