En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:---------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio sustentada en el artículo 185, del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos INDIRA YANETH AQUINO DE BOSQUEZ y YOJAR ENRIQUE BOSQUEZ REYES, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 17.120.740 y V-10.539.279, respectivamente -------------------------------------------
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron en fecha 26-11-2015, por ante la Prefectura de la Parroquia del Municipio Ambrosio Plaza, del estado Miranda--------------------------------------------------------
CUARTO: NO HA LUGA.....