En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos ARTURO VASQUEZ USECHE y MARIA ALEJANDRA MENDEZ MENDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números 6.250.352 y 13.365.844 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 07.10.2005 ante el Director del despacho del Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 75 inserta al vuelto del folio 108 y folio 109 del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevad.....