el Tribunal decreta MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles e inmuebles propiedad del demandado MANUEL JOSÉ COLMENARES CARO, antes identificado, hasta cubrir la cantidad de OCHENTA MIL CIEN BOLÍVARES (Bs. 80.100,00), que es el doble del monto adeudado según lo establecido por este tribunal en sentencia de fecha Siete (07) de Abril de (2010). Asimismo si la medida recayera sobre cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de CUARENTA MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 40.500,00) que es el monto adeudado según lo establecido en la citada sentencia. En caso de que el embargo recayera sobre, cantidades de dinero, éstas deberán ser remitidas en un cheque de gerencia a nombre de este Juzgado para ser depositadas en la cuenta corriente de este Tribunal. Se comisiona suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Paez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, que resulte competente p.....