En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones titulo Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus GERMAN JOSE SANDOVAL LEON a la ciudadana: THAMARA DEL VALLE VELASQUEZ DE SANDOVAL (Viuda), YENNY JOSE SANDOVAL VELASQUEZ, SHARIMAR DEL VALLE SANDOVAL VELASQUEZ, THAMARA DEL VALLE SANDOVAL VELASQUEZ y GERMAN JOSE SANDOVAL SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros.V-4.649.147, 12.676.180, 12.676.351, 19.233.117 y 11.589.616 respectivamente, y de este domicilio.-, en sus condiciones de esposa la primera e hijos los restantes del finado ante mencionado.-
De conformidad con lo previsto del articulo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de los finados no hayan sido incluidos como tal en la presente solicitud y asimismo, se advierte que la presente declaratoria.....