Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, garantísta del debido proceso y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley; RESUELVE:
PRIMERO: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, impuesta al adolescente (NOMBRE OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 DE LA LOPNNA), prevista en el artículo 581 de la Ley Especial, por ser ajustada a derecho.
SEGUNDO: NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA CAUTELAR, establecida en el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, solicitada por la Defensa Privada a favor del adolescente antes mencionado, por las Medidas Cautelares establecidas en los literales "G" del artículo 582 de la Ley Especial.
TERCERO: Cómo consecuencia de ello MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el artículo 581 de.....