Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto en fecha veintiséis (26) de Abril de año dos mil seis (2006), por la representante de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Abogada Nancy Arismendi Bonillo, fundado en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ANULA la decisión judicial dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en fecha veinte (20) de Abril del año dos mil seis (2006) y publicada en fecha cinco (5) de Mayo del año que discurre (2006) mediante la cual declara culpable y por ende, condena a los acusados Ciudadanos Andy José Romero y Francisco.....