CONDENA al ciudadano RICARDO ALBERTO MARCHÁN BARRERO, titular de la cedula de identidad numero V-24.089.111, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, de profesión u oficio mesonero, residenciado en Pedro González, Avenida Principal, casa 178, de color mostaza, cerca de la curva de "El Topo", adyacente a la Playa Puerto Cruz, Municipio Gómez del estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de prisión de TREINTA (30) AÑOS DE PRISION MAS LA ACCESORIA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO PENAL, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2, APROVECHAMIENTO DE LA COSA PROVENIENTE DEL DELITO previsto y sancionado en el artículo 470 ambos del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 2 y HOMICIDIO INTENCIONAL CALI.....