Conforme a los razonamientos tanto de hecho como de Derecho previamente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, con base a lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto penal Nro. OP01-P-2009-007463 seguido en contra de los ciudadanos JOSE MIGUEL BOUCHARD, venezolano, natural de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, fecha de nacimiento 12-04-1963, de 32 años de edad, de profesión u oficio Taxista, titular de la Cédula de Identidad N° 8.297.738, residenciado en Pampatar, Urbanización El Paraíso, Casa Nº 17, Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta., y la ciudadana YEMAR SARAITH CEDEÑO, venezolana, natural de Caracas, Distrito Federal, de 20 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, titular de la Cédula de Id.....