este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala Nº 02.
a) APRUEBA Y HOMOLOGA, el desistimiento realizada por las partes del presente proceso, se ordena devolver los originales solicitados, y así se declara.
b) SE SUSPENDEN la medidas de embargo decretadas en fecha trece (13) de Diciembre de dos mil seis (2.006).