III
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos ANGEL DARÍO SANDREA PIÑA, titular de la cédula de identidad número V-20.622.075; por una parte y por otra el Profesional del Derecho RANGEL ANTONIO PRIMERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 280.234, actuando en este acto en nombre y representación de la ciudadana AMMI BETSABE BARRIOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número V-20.147.473.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha dos (2) de Abril del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Registro Civil de la Parroquia La Rosa del Municipio Cabimas, e.....