En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus EULALIA BASILICIA BARBOZA de MELENDEZ, ya identificada, al ciudadano ERNESTO SEGUNDO MELENDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número V-1.055.999, en su condición de esposo y las ciudadanas ELIZABETH MARGARITA MELENDEZ BARBOZA e ILIANA DEL CARMEN MELENDEZ BARBOZA, titulares de las cédulas de identidad números V-7.732.787 y V-7.867.715, respectivamente, en su condición de hijas, DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS conforme lo prevé el a.....