Vista la diligencia recibida por este Tribunal en fecha 27 de marzo de 2009, suscrita por la Abogada ZAIDA PADRÓN, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual Solicita al Tribunal se sirva poner en estado de ejecución la presente causa, y por cuanto la Sociedad Mercantil PERFORACIONES DELTA, C.A., hasta la fecha no ha cumplido, con lo ordenado en sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Laboral, en fecha 26 de octubre de 2005; como lo es, cancelar al ex -trabajador ciudadano HENRY LUBO, la cantidad de Bs. 28.579,78, monto obtenido al sumar: el monto condenado + intereses de mora + corrección monetaria; este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Laboral, DECRETA SU EJECUCIÓN; y se le concede a la demandada tres (03) días para que cumpla Voluntariamente; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de.....