1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 12 de marzo de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue la ciudadana ANDREINA RIVERA en contra de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA BODY ART, C.A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida que condenó a la demandada al pago de la cantidad de 3 mil 638 bolívares fuertes con 38 céntimos por los conceptos laborales de prestación de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades, indemnización sustitutiva del preaviso e indemnización por despido, más intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses de mora y corrección monetaria, condenando a la demandada al pago de las costas procesales.