Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD incoada por la ciudadana ALEJANDRA MARIA CASTILLO SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.477.227, debidamente ASISTIDA por la Defensoría Pública Quinta en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial; en contra del ciudadano LUIS JOSÉ ROMERO ASCANIO, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-11.554.460, por demostrarse las causales "C" del Artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, el ciudadano LUIS JOSÉ ROMERO ASCANIO, queda privad.....