En base a las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
A- SE RATIFICA LA MEDIDA DE COLOCACION FAMILIAR dictada en fecha 17.05.2013, en beneficio de la adolescente "Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes", de 12 años de edad, en el hogar de los ciudadanos EDWARD JOSE RODRIGUEZ y ANGELICA MARIN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-13.190.544 y V-16.570.084, respectivamente, quienes mantendrán la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, incluida su CUSTODIA y REPRESENTACIÓN, y serán responsables del cumplimiento de todos los elementos que integran esta Institución.....