Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por por el abogado JHON MOSQUERA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano JUAN JOSÉ CORREA RODRÍGUEZ en contra del ciudadano NERIO GUILLERMO SOTO VILLALOBOS por motivo de Cobro de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente Procedimiento en contra del ciudadano NERIO GUILLERMO SOTO VILLALOBOS.
TERCERO: Se declara Terminado el presente procedimiento interpuesto por el ciudadano: JUAN JOSÉ CORREA RODRÍGUEZ en contra del ciudadano NERIO GUILLERMO SOTO VILLALOBOS por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
CUARTO: No .....