-IV-
DISPOSITIVO
Por lo expuesto, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, administrando justicia por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Que es COMPETENTE este Tribunal Superior para conocer la regulación de competencia planteado por la parte demandada. SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer de la presente causa le corresponde al Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia. TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones junto con oficio al Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia notifíquese Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia de la presente decisión. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN.....